30 July 2021 | Publicado : 09:52 (30/07/2021) | Actualizado: 09:53 (30/07/2021)
RESOLUCIÓN de 1 de julio de 2021, de la Secretaría General, por la que se efectúa la convocatoria de ayudas a los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios en el marco del Programa de
Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
DOE:http://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2021/1420o/21062157.pdf
Finalidad
Ayudas dirigidas a fomentar la producción y comercialización de productos agroalimentarios de calidad diferenciada, previstas en el artículo 16 del Reglamento (UE) n.º 1305/2013, del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º
1698/2005 del Consejo, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020, que a continuación se relaciona :
a) Ayudas a agricultores y sus agrupaciones que participen por primera vez o hayan participado durante los cinco años anteriores en regímenes de calidad de los alimentos.
b) Ayudas a grupos de productores y de productoras que realicen actividades de información y promoción en el mercado interior de los productos amparados por un régimen de calidad de los alimentos elegible
Destinatarios
Personas físicas Personas jurídicas (entidades, asociaciones, empresas...) Podrán ser beneficiarios de las ayudas a la participación en regímenes de calidad aquellos agricultores y agrupaciones de
agricultores que sean titulares de explotaciones agrarias inscritas en el Registro de Explotaciones de la Consejería competente que participen por primera vez o hayan participado durante los cinco años anteriores, en uno de los regímenes de calidad elegibles y reconocidos a nivel comunitario o a nivel nacional que se relacionan a continuación:
1. Denominaciones de Origen o Indicaciones Geográficas Protegidas:
a) D.O.P. Ribera del Guadiana.
b) D.O.P. Dehesa de Extremadura.
c) D.O.P. Queso de la Serena.
d) D.O.P. Queso de Ibores.
e) D.O.P. Torta del Casar.
f) D.O.P. Aceite de Monterrubio.
g) D.O.P. Gata Hurdes.
h) D.O.P. Pimentón de la Vera.
i) D.O.P. Cereza del Jerte.
j) D.O.P Cava.
k) D.O.P. Miel Villuercas -Ibores.
l) I.G.P. Ternera de Extremadura.
m) I.G.P. Carne de Ávila.
n) I.G.P. Cordero de Extremadura.
2. Producción Ecológica.
3. Norma de Calidad para la carne, el jamón, la paleta y la caña de lomo ibérico.
4. Logotipo de raza autóctona.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas a las actividades de información y promoción en el mercado interior de los productos amparados por un régimen de calidad de los alimentos elegible entidades, cualquiera que sea su forma jurídica, en las que entre sus integrantes se encuentren agentes económicos que participen en un régimen de calidad de productos agrícolas o productos alimenticios,
considerados elegibles, en concreto:
1. Consejos reguladores de las denominaciones de origen e indicaciones geográficas, los cuales, como entidades de gestión de las denominaciones de origen e indicaciones geográficas, integran a operadores económicos de los distintos sectores que participan en las mismas, y son entidades que gozan de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar.
2. Cooperativas y SAT.
3. Otro tipo de agrupaciones.
Regímenes de calidad elegibles:
a) DOP Ribera del Guadiana.
b) DOP Dehesa de Extremadura.
c) DOP Queso de la Serena.
d) DOP Queso de Iborese) DOP Torta del Casar.
f) DOP Aceite de Monterrubio.
g) DOP Gata Hurdes.
h) DOP Pimentón de la Vera.
i) DOP Cereza del Jerte.
j) DOP Miel Villuercas -Ibores.
k) IGP Ternera de Extremadura.
l) IGP Cordero de Extremadura.
m) Producción ecológica.
Requisitos
Las personas beneficiarias de las ayudas a la participación enregímenes de calidad deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Ser titular de una explotación agraria inscrita en el Registro deExplotaciones de la Consejería competente. La acreditación de esterequisito se realizará mediante declaración responsable que se incluye en el modelo de solicitud del Anexo I.
b) Ser profesional de agricultura activo, de conformidad con el artículo 9 del Reglamento UE 1307/2013 del Parlamento y del Consejo de 17 de diciembre (DOUEL 20 de diciembre de 2013). La acreditación de este requisito se realizará mediante declaración responsable que se incluye en el modelo de solicitud del Anexo I.
c) En el caso de que las explotaciones agrarias no estén inscritas y actualizadas en el Registro de Explotaciones de la Consejería competente en la fecha de entrada en vigor del Decreto 36/2016, de
15 de marzo, las personas beneficiarias deberán haber solicitado dicha inscripción o actualización con antelación a la fecha límite de presentación de la solicitud de la ayuda. La acreditación de este requisito se realizará conforme se establece en el apartado 5 del punto
noveno de la resolución de convocatoria.
d) Las personas beneficiarias deberán someterse a los reglamentos y normas técnicas que fijen los regímenes de calidad subvencionables a los que se inscriban, así como en su caso, en los registros de
productores asociados a dichos regímenes.
e) En caso de que las personas beneficiarias sean entidades carentes de personalidad jurídica, deberá hacerse constar en documento unido a la solicitud:
— Compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la
agrupación.
— Importe de la subvención a aplicar a cada uno de ellos.
— Nombramiento de la persona que actuará como representante o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir obligaciones que, como personas beneficiarias, corresponden a la
agrupación.
— Compromiso de no disolver la misma hasta transcurrido el plazo de prescripción de los artículos 45 y 70 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Las personas beneficiarias deberán no hallarse incursos en las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiaria a que se refiere el apartado 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La justificación por parte de las personas interesadas de no estar incursos en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria será realizada mediante declaración responsable que se incluye en el modelo de solicitud del Anexo I (Anexo II en el caso de las Ayudas a las actividades de información y promoción...).
Las personas beneficiarias deberán estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal y frente a la Seguridad Social impuestas por disposiciones vigentes y con la Hacienda de la Comunidad Autónoma. La acreditación del cumplimiento de estas obligaciones será en la forma prevista en el apartado 3 del punto noveno de la Resolución de convocatoria (apartado 2 del punto decimonoveno de la resolución de convocatoria, en el caso de las Ayudas a las actividades de información y promoción...).
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