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CONVOCATORIA DE AYUDAS DESTINADAS A PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS Y PYMES DIRIGIDAS A LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA LABORAL Y FAMILIAR

Desde la Secretaría General de Igualdad y Conciliación de la Junta de Extremadura nos remiten información en relación con la convocatoria de ayudas económicas destinadas a personas trabajadoras autónomas y Pymes dirigidas a la conciliación de la vida laboral y familiar, publicada en el D.O.E. nº 164, de 26 de agosto de 2025, Decreto 87/2025, de 29 de julio.

 Plazo de presentación: 15/11/2025
 Finalidad: La finalidad de estas ayudas es promover una mejor conciliación familiar, personal y laboral de las personas trabajadoras en equilibrio con las necesidades organizativas de la empresa.

Destinatarios

Las personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia, dadas de alta en el régimen que corresponda de la Seguridad Social o en la mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, sean o no a su vez miembros de sociedades cooperativas de trabajo asociado, de sociedades laborales, de sociedades civiles, de comunidades de bienes, o socios de sociedades mercantiles, y las pequeñas y medianas empresas, incluidas las sociedades civiles con personalidad jurídica.

Requisitos

LINEA 1 Formalizar  acuerdo/s de teletrabajo, por un período de tiempo no inferior a un año, con una o varias personas trabajadoras vinculadas a la empresa por contrato laboral, así como contratar personal nuevo en la modalidad de teletrabajo y establecer en el propio contrato el acuerdo que regule esta situación por un período de tiempo no inferior a un año.

Cuantía: 2.500 euros por trabajador o trabajadora, con el límite máximo de 10.000 euros por empresa y convocatoria.

LÍNEA 2 Formalizar acuerdos de flexibilidad horaria (línea 2) por un período no inferior a un año, con un trabajador o trabajadora vinculada a la empresa por contrato laboral y/o acuerdos colectivos, firmados con más de un trabajador/a o, mediante acuerdo entre la empresa y los representantes del personal o, en su defecto, con la totalidad o parte de la plantilla, y deberán cumplir una serie de requisitos señalados en la orden.

Cuantía: 2.500 euros por trabajador o trabajadora, con el límite máximo de 10.000 euros por empresa y convocatoria